No se puede realizar cambio de domicilio electoral para la segunda vuelta del 11 de abril

No se puede realizar cambio de domicilio electoral para la segunda vuelta del 11 de abril

Foto/Referencial

El Artículo 78 del Código de la Democracia determina además que, en el caso de que se deba realizar una segunda vuelta electoral para elegir presidente y vicepresidente de la República, no podrá alterarse por ningún concepto los padrones electorales de la primera vuelta, ni el número de electores por cada Junta Receptora del Voto.

Para la segunda vuelta a desarrollarse en el Ecuador, para elegir un Binomio Presidencial, el domingo 11 de abril, los ciudadanos empadronados deberán sufragar en el mismo recinto electoral y Junta Receptora del Voto que lo hicieron el pasado 7 de febrero.

El número de votantes en la provincia de Cotopaxi se mantendrá en los 373.351 electores, 191.863 mujeres y 181.488 hombres; mismos que podrán ejercer su derecho al voto en las 1 134 Juntas Receptoras del Voto, en los 165 recintos electorales de la provincia.

Una vez culminado todo el proceso electoral de las Elecciones Generales 2021, la ciudadanía que requiera efectuar el cambio de domicilio o residencia lo podrá realizar para las elecciones seccionales del 2023; esto de acuerdo a lo establecido en el Código de la Democracia.

Para ejecutar dicho trámite de forma presencial, el ciudadano deberá acercarse con su cédula de identidad, y una planilla de un servicio básico a la Delegación Provincial Electoral de Cotopaxi. O también lo puede hacer de manera virtual.

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